martes, 10 de marzo de 2015

Ley Código Orgánico Procesal Penal


Artículo 22 del COPP dice: "Las pruebas se apreciarán por el Tribunal según su libre convicción, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia".

Análisis: En otras palabras, con la ley se enriquece la posibilidad de establecer la responsabilidad del posible autor de un delito por vía electrónica y probar eficientemente los hechos. El sistema de prueba libre y de interpretación por la sana crítica (libre convicción) establecido en el COPP es una base suficiente para poder procesar y probar con éxito tales casos.
Igualmente, el tema probatorio en materia penal se verá enormemente simplificado, por cuanto es materia de la ley reconocer la eficacia probatoria de los mensajes de datos, los cuales son considerados ahora como documentos escritos. Así mismo, la firma electrónica es reconocida de igual manera que la firma autógrafa. A los fines probatorios, la acción de los operarios de justicia estará simplificada a la hora de investigar un delito electrónico.

Artículo 462:“El que, con artificios o medios capaces de engañar o sorprender la buena fe del otro, induciéndole en error, procure para sí o para otro un provecho injusto con perjuicio ajeno, será  penado con prisión de uno a cinco años”

Análisis: En el campo que nos ocupa, el de los delitos informáticos, serán penados los individuos que a través de acceso indebido, sabotaje o daño, espionaje, engaño, falsificación de firmas y documentos  a través de los delitos de informática, utilicen esta información para su provecho o el de terceros.

Artículo 466: “El que se haya apropiado, en beneficio propio o de otro, alguna cosa ajena que se le hubiere confiado o entregado por cualquier título que comporte la obligación de restituirla o de hacer de ella un uso determinado, será castigado con prisión de tres meses a dos años, por acusación de la parte agraviada”.

Análisis: En el mismo orden de ideas del artículo 462 del código penal en el que se determina que el utilizar la información en forma indebida, en este caso, a través de medios informáticos, y de esta manera, beneficiarse, traicionando la confianza y la formalidad de las partes, será castigado con prisión.

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